Parque Nacional Natural Sierra de la Macarena

Objeto del acto: Declaratoria
Fecha del acto: 1/10/1989
Distribución en departamentos: META
Extensión total: 629.280

Descripción del Área:

El PNN Sierra de La Macarena tiene sus orígenes en la Reserva Biológica de La Macarena (1948), incluye el levantamiento geológico más extenso hacia el occidente del Escudo Guayanés, con una extensión promedio de 130 kilómetros de largo por 30 de ancho denominado “Sierra de La Macarena”. Con 629.280 ha, entre sus ecosistemas se encuentran selvas húmedas, bosques inundables, matorrales y vegetación herbácea de sábana amazónica.

Se trata de un área extraordinaria por sus condiciones de serranía aislada, lo que sugiere la presencia de especies únicas y un importante índice de diversidad en flora y fauna. Se puede observar también muestras arqueológicas sobre los ríos Duda y Guayabero, en donde se encuentran petroglifos y pictogramas de culturas indígenas que habitaron la zona.

El municipio de la Macarena, se encuentra ubicado en el departamento del Meta y tiene gran parte de su territorio dentro del Área de Manejo Especial de la Macarena. Esta figura de conservación está conformada por tres Distritos de Manejo Integrado (DMI) e incluye la totalidad de los Parques Nacionales Naturales (PNN) Sierra de la Macarena y Tinigua, también parte de los parques Sumapaz y Cordillera de los Picachos.

Esta AP fue creada mediante el Decreto 1989 del 1 de septiembre de 1989, le corresponde una superficie de 629.280 ha (Plan de Manejo 2014-2019 PNN Sierra de la Macarena) distribuidas en 5 municipios del sur del Meta.

Recomendaciones de seguridad y prevención de riesgo:

  • Se recomienda estar vacunado contra la fiebre amarilla, aunque para el ingreso al Parque no se le exigirá estar vacunado.

Mayor información:

INFORMACIÓN OFICIAL BÁSICA PARA VISITAR CAÑO CRISTALES, EL RAUDAL ANGOSTURAS I Y OTROS ATRACTIVOS EN EL ÁREA DE MANEJO ESPECIAL.

 

El PNN Sierra de la Macarena se encuentra dentro del departamento del Meta en las jurisdicciones de los municipios de La Macarena, Mesetas, Vistahermosa, San Juan de Arama y Puerto Rico. Al AP se puede acceder por las siguientes rutas:

Ruta terrestre: Bogotá – Villavicencio- Granada, donde se encuentra el centro administrativo del PNN Sierra de la Macarena (Cll 14 # 12-08 Barrio Centro, teléfono: 0986586673), de Granada se sigue al municipio de San Juan de Arama y llegando a la “Ye” se toma la desviación al municipio de Mesetas (7 km aprox.) para encontrar la vereda Curia y posteriormente desviar por el sendero que lleva al sector Cerrillo (3 Km aprox.) antigua sede administrativa,  allí se encuentra la Recebera E Indio Acostado, sitios de interés ecoturístico.

Otra ruta es desde Bogotá con dirección a Neiva-Florencia-San Vicente del Caguán (Las sabanas del Yari) despues tomar la vía  hacia La Macarena para visitar Caño Cristales (aprox. 16 horas).

Ruta Aérea: Bogotá – Villavicencio (30 min.), Villavicencio municipio de la Macarena (1 hora aprox.) para visitar Caño Cristales.

Para mayor información puede revisar el ABC Caño Critales y El Radual Angosturas I – Versión Ejecutiva

Está ubicado en el municipio de La Macarena, departamento del Meta. La microcuenca tiene sus nacimientos dentro del PNN Sierra de La Macarena (62% aprox.), en tanto que el restante 38%, hasta su desembocadura en el Río Guayabero, se encuentra en la Zona de Recuperación para la Preservación Sur del DMI Macarena Sur, razón por la cual, el manejo se debe hacer de manera coordinada entre Parques Nacionales Naturales de Colombia y la Corporación para el Desarrollo Sostenible CORMACARENA.

Su alto valor paisajístico lo ha puesto como uno de los 11 destinos marca país de Colombia, siendo el principal destino turístico del departamento del Meta y su belleza ha llegado a promocionarse en más de 29 países del mundo, convirtiéndolo en un lugar que cada día es más visitado tanto por turistas nacionales e internacionales. Caño Cristales, llamado por numerosos viajeros como el río más bello del mundo, es un río cuya estructura ramificada asemeja a una de las Vellosias, con forma de candelabro, con tantas ramas y arroyos tributarios que parece un árbol enclavado en la superficie de una meseta inclinada del macizo guyanés, es la oportunidad única que tiene el turista de reconocer en una sola región los cuatro mundos de la Serranía de La Macarena (Estevez, 2013).

En el sector de Caño Cristales se localizan diversos senderos para la interpretación del patrimonio natural y cultural, tanto en el subsector de Colores, como en el subsector Selva. En total hay diez opciones de senderos repartidos en las partes altas y bajas del Caño, haciendo más diversa y complementaria la oferta turística.

Mayor información:

INFORMACIÓN OFICIAL BÁSICA PARA VISITAR CAÑO CRISTALES, EL RAUDAL ANGOSTURAS I Y OTROS ATRACTIVOS EN EL ÁREA DE MANEJO ESPECIAL.

PNN Sierra de la Macarena Valor
Nacional o extranjero residente en Colombia o miembro de la CAN (mayor de 6 años hasta los 25 años) $ 25.500
Adulto nacional, miembro de la CAN o extranjero residente en Colombia (mayor de 25 años) $ 46.500
Extranjero No residente en Colombia ni miembro de la CAN $ 71.000

Visitante: Persona autorizada por Parques Nacionales Naturales para ingresar en una de las áreas que integran el sistema de PNN, bien sea para visitar o realizar una o algunas de las actividades o servicios regulados por el administrador del Sistema en un periodo definido de tiempo.

Temporada alta: la temporada alta para estas áreas estará contemplada para las siguientes fechas: Periodos comprendidos entre el primero (1°) de Diciembre y el treinta y uno (31) de Enero, entre el primero (1°) de Junio y el treinta y uno (31) de Julio, la Semana Santa comprendida desde el domingo de ramos hasta el domingo de resurrección, los puentes nacionales con lunes festivo o correspondientes a la Ley 51 de 1983 “Ley Emiliani” (de viernes a lunes incluido) y la semana de receso escolar, es decir la semana inmediatamente anterior al día feriado en que se conmemora el descubrimiento de América (Decreto 1373 de 2007) que está comprendida entre los dos (2) sábados anteriores al festivo incluido el que se conmemora.

Temporada baja: la temporada baja está contemplada en las fechas que no se consideran temporada alta.

Se encuentran exentos de pago del derecho de ingreso a las áreas protegidas administradas por Parques Nacionales Naturales:

Adulto nacional o extranjero mayor de 65 años residente en Colombia o miembro de la Comunidad Andina de Naciones – CAN, el cual debe acreditar su calidad mediante la presentación de cédula de ciudadanía o cédula de extranjería colombiana, también sirven visa (negocios, temporal, residente) o pasaporte respectivo.

Menor de 5 años nacional o extranjero, se debe acreditar tal calidad con el Registro Civil de Nacimiento o Pasaporte.

El personal vinculado a Parques Nacionales Naturales, por contrato laboral o de prestación de servicios, su cónyuge, compañero (a) permanente y sus parientes dentro del segundo grado de consanguinidad, primero de afinidad y primero civil, un máximo de tres veces en el año calendario cuando visite un Área Protegida por motivos de recreación.

Servidores públicos y contratistas de Parques Nacionales Naturales de Colombia en ejercicio de sus funciones.

Los estudiantes y profesores de instituciones públicas o privadas en el marco de programas de educación ambiental desarrollados por el área protegida en temporada baja y con previa revisión y aprobación del Jefe del área protegida.

Los nativos de los centros poblados menores a 10.000 habitantes localizados en las zonas adyacentes a las áreas del Sistema de Parques Nacionales Naturales, así como los nativos de López de Micay, Timbiquí, Guapi, Iscuandé, El Charco, La Tola, Mosquera y Olaya Herrera para ingresar al PNN Gorgona y los nativos de Providencia para ingresar al PNN Old Providence & Mc Bean Lagoon mediante la presentación de su documento de identidad. Esta exención será aplicable para el Parque Nacional Natural Tayrona, solo en la temporada baja definida en el artículo sexto de la presente Resolución.

Los investigadores con previa revisión y aprobación del Jefe del área protegida en desarrollo de sus actividades en proyectos autorizados de las áreas del Sistema de Parques Nacionales Naturales.

Los nacionales o extranjeros en condición de discapacidad.

Los miembros de las comunidades indígenas, afrocolombianas, rom y raizales que vivan dentro del Área Protegida o los que habiten en las inmediaciones de las áreas del Sistema de Parques Naciones Naturales e ingresen para realizar actividades de pagamento o cualquier actividad tradicional de acuerdo a sus usos, costumbres y modos de vida propios.

Los representantes de organismos públicos o privados, nacionales, internacionales y Organizaciones No Gubernamentales (ONG) que donen bienes en dinero o especie, en beneficio de Parques Nacionales Naturales de Colombia, para coadyuvar la función de salvaguarda y protección de las áreas del Sistema de Parques Nacionales Naturales, con el objetivo de verificar la destinación de los recursos donados y/o en el marco de los convenios celebrados, siempre y cuando cuenten con la autorización escrita.

Los servidores públicos y contratistas de otras instituciones públicas distintas a PNNC en misión oficial.

Los servidores públicos extranjeros en misión oficial.

Los propietarios de predios privados que se encuentren dentro de un área del Sistema de Parques Nacionales Naturales, su cónyuge y familiares hasta el cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad y primero civil, mediante la presentación del registro civil de nacimiento o matrimonio y en caso de unión marital con declaración juramentada; datos que se ingresarán en el registro de propietarios que lleve el área protegida.

Los pobladores de la región que deben ingresar al área en actividades de paso.

El personal de las Fuerzas Armadas y los trabajadores de empresas, cooperativas y/o asociaciones públicas o privadas que cuenten con instalaciones ubicadas dentro de las áreas protegidas que deban ingresar por razón de sus funciones, previa revisión y aprobación del Jefe del área protegida.

Los guardaparques voluntarios por el término de su voluntariado y un año más contado a partir de la terminación del mismo, así como los honorarios durante el término de un año contado a partir de su designación.

Los instructores de buceo nacionales o extranjeros siempre que hagan parte de la tripulación de una embarcación. Para el efecto, los operadores de buceo deberán enviar a Parques Nacionales Naturales una relación en la que identificarán a cada uno de sus instructores y tripulantes, señalando el número de identificación correspondiente, a fin de acreditar dicha circunstancia.

Los periodistas en ejercicio de sus funciones y debidamente acreditados.

El cónyuge o compañera (o) permanente y los hijos menores de veinticinco (25) años sobrevivientes o, a falta de estos, los padres, de los miembros de la Fuerza Pública fallecidos en servicio activo, únicamente por hechos o actos ocurridos por causa y razón del mismo, o por acción directa del enemigo o en combate, y que por ello les haya sido reconocida pensión en calidad de beneficiarios de la Ley 1699 de 2013, con la presentación de documento que para tal efecto determinen los grupos de prestaciones sociales de la Dirección Administrativa del Ministerio de Defensa Nacional y de la Policía Nacional o quien haga sus veces, conforme al artículo 3º de la precitada Ley.

Los guías de turismo debidamente acreditados que prestan sus servicios en la respectiva área protegida.

El personal vinculado por contrato laboral o de prestación de servicios al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, su cónyuge o compañero (a) permanente y sus parientes dentro del segundo grado de consanguinidad, primero de afinidad y primero civil,  un máximo de tres veces en el año calendario cuando visite un área protegida por motivos de recreación.

Los beneficiarios del incentivo de exoneración del pago del valor de ingreso en el marco de los distintos programas de promoción y apropiación de las áreas protegidas que establezca PNNC, tales como el “Pasaporte” de las áreas del Sistema de Parques Nacionales Naturales de Colombia.

En todo caso, la autorización de ingreso a los exentos dependerá de la capacidad de carga y la zonificación del área protegida, salvo para quienes habitan de manera  permanente en las áreas del Sistema de Parques Nacionales Naturales.

Mayores Informes:

www.parquesnacionales.gov.co

reservas.ecoturismo@parquesnacionales.gov.co

Bogotá: Pbx: 3532400 Ext: 3011 – 3012, Calle 74 N° 11 – 81, Piso 1

Dentro del PNN Sierra de La Macarena se encuentran cuatro biomas generales: 1) Zonobioma húmedo tropical Amazonía-Orinoquía, 2) Helobioma de la Amazonía-Orinoquía, 3) Orobioma de La Macarena y 4) Peinobioma de la Amazonía-Orinoquía. De manera homologa, el Zonobioma húmedo tropical Amazonía-Orinoquía, que correspondería en el ejercicio de actualización de este Plan de Manejo del Parque como “selva húmeda” (incluyendo  lo asociado  a  la  Sierra  pero  que  en  sentido  estricto,  esto último correspondería al Orobioma de La Macarena), el Helobioma de la Amazonía-Orinoquía corresponde al denominado como “Bosque Inundable” y en cuanto al Peinobioma de la Amazonía-Orinoquía, no tendría equivalencia con los biomas definidos en el ejercicio para el Parque.

La selva húmeda (Zonobioma húmedo tropical) ocupa el 83% del AP, extendiéndose sobre 502.986 ha, incluyendo lo asociado a la Sierra, mientras que el bosque inundable (Helobioma) lo hace sobre 78.215 ha (13%), principalmente está asociado al río Guayabero. Por su parte, la sabana arbustiva y la vegetación rupícola escasamente representadas en el AP, se extienden sobre 24.433 ha hacia el sur de la Sierra y corresponde tan solo al 4% del área.

Es importante resaltar que dados los procesos de ocupación de los que ha sido objeto el Parque, y según la clasificación de coberturas del suelo Corine Land Cover (2012), se encuentra una intervención total en estos cuatro biomas de 66.960 ha, siendo el más afectado en su proporción el Zonobioma Húmedo Tropical (68%), debido principalmente por el desarrollo de la actividad ganadera y agrícola en polígonos mayores de 50 ha. En segundo lugar, el bioma con mayor intervención es el de Helobioma de la Amazonia–Orinoquia (27%).

La avifauna de la Reserva de La Macarena registrada hasta 1978, contiene 456 especies representadas en 65 familias, aproximadamente un 27% de toda la avifauna colombiana que es dominada por especies de las Guyanas, Amazonas y con menor representatividad de la región Andina. La mayoría de estas especies han sido reportadas en el área que actualmente abarca el Parque Nacional.

Como especies de aves características en el Parque se pueden mencionar de la Amazonía: Paroaria gularis gularis, Piaya melanogaster, Electron platyrhynchum pyrrholaemum; de los Andes: Asio flammeus, Trogon  personatus personatus, Campephilus pollens, Cistothorus platensis tamae; migratorias de Norteamérica: Anas discors, Pandion haliaetus carolinensis, Actitis macularia, Coccyzus americanus americanus.

En herpetofauna se tiene los siguientes datos: Paleosuchus trigonatus, Paleosuchus palpebrosus, Crocodilus  intermedius, Caimán crocodilus fuscus. Entre las tortugas podemos mencionar: Podocnemis unifilis y Geochelone denticulata.

Como especies de mamíferos se pueden mencionar: Cebus apella, Alouatta seniculus, Hydrochaeris hydrochaeris, Agouti paca, Tayassu tajucu, Pteronura brasiliensis, Panthera onca, Felis concolor, Felis pardalis, Felis yagouaroundi y Felis spp.

En ictiofauna se tienen los estudios sistemáticos que nos dicen que las familias más abundantes en los ríos del PNN La Macarena son los Pimelódidos, Carácidos y Cíclidos (Cormacarena, 2001).

Fauna endémica: Zocay Callicebus cupreus ornatus, peces pequeños de géneros Leyvaichthys y Medemichthys, yamu o sabalote Brycon Whitei, trepatroncos gigante Xiphocolaptes promeropirhynchus macarenae, copetón Zonotrichia capensis roraimae, montero ojiblanco Chlorospingus ophthalmicus macarenae, tororoi Grallaria kaestneri, chango Macroagelaius subalaris, atrapamoscas pechirrufo Leptopogon rufipectus, verderón cejiamarillo  Vireolanius  eximius (Cormacarena, 2001).

Una de las características que más se debe resaltar de la importancia de conservar el PNN Sierra de La Macarena, es la alta presencia de endemismos en flora y fauna. Actualmente, se está revisando la información disponible sobre el tema, ya que los preliminares de esta revisión arrojan la presencia de más de veinte especies de flora y otro tanto de fauna entre aves, peces y mamíferos.

Flora endémica: Calymperes uleanum, Connarus perturbatus, Hirtella adenophora, Hirtella maguirei, Anime Asplundia rhodea, Gustavia macarenensis, Inga macarenensis, Sterculia guapayensis, Zapito o Zapotillo Sterculia macarenensis, “alga roja” Macarenia clavigera, cacho de venado Vellozia macarenensis, Piper echinovarium y Licania lasseri (Cormacarena, 2001).

Se encuentran árboles de gran porte e interés comercial entre los que figuran el Cedro cebolla (Cedrela spp.), Cedro Cachicamo (Cedrela odorata), Laurel morruco (Aniba sp.), Cedro pilón (Calophyllum lucidum), Guayacán (Centrolobium paraense), Amarillo o Comino (Ocotea spp.), Zapotillo (Sterculia macaranensis), Cedro macho (Bombacopsis quinata), Ceiba Bonga (Ceiba pentandra), Caraño (Tratinickia aspera), Laurel (Nectandra spp.), Dacryodes colombiana (Caraño, Jacaranda copaia (Gualanday), Terminalia amazónica (amarillo)

A partir del análisis de coberturas realizado para el PNN Sierra de La Macarena en el año 2012, se determinó que el 11% del área total del parque (teniendo como referencia 605.793 ha) presenta intervención en sus coberturas naturales sobre unos 66.960 ha bajo categorías como Bosque Fragmentado con pastos y cultivos, mosaico de cultivos y espacios naturales, pastos y espacios naturales, mosaico de pastos con espacios naturales,  pastos enmalezados, pastos limpios y zonas quemadas con un total de 44.818 ha y las coberturas en proceso de recuperación natural denominadas bosque fragmentado con vegetación secundaria y en transición con 22.142 ha, que se presume se encuentran en proceso de regeneración natural.

Actividades de conservación de Parques con las Comunidades

*Sección Nueva