Parque Nacional Natural El Cocuy

Objeto del acto: Declaratoria
Fecha del acto: 6/06/1977
Distribución en departamentos: ARAUCA, CASANARE y BOYACÁ,
Extensión total: 305.879 ha.

Descripción del Área

El Parque Nacional Natural El Cocuy, está ubicado al nororiente de la Cordillera Oriental de los Andes, entre los departamentos de Arauca, Boyacá y Casanare, tiene un área de 305.879 hectáreas. Por el costado occidental el Área Protegida inicia a los 4000 m s.n.m, hasta la máxima cresta de la cordillera a 5330 m s.n.m; por el costado oriental termina a los 600 m s.n.m en el piedemonte llanero de los departamentos de Arauca y Casanare.

En el costado occidental del AP, se encuentra la Sierra Nevada traslapada con los municipios de Güicán de la Sierra, El Cocuy, Chita y Chiscas.

Para el desarrollo del Ecoturismo se mantiene una zonificación de manejo llamada,  Zona de Recreación General Exterior, la cual cuenta con 4.915,84 hectáreas, y representa el 1,5% del total del área del Parque Nacional Natural El Cocuy, se localiza por encima de los 4.400 m s.n.m. en las inmediaciones de la Sierra Nevada en la vertiente occidental, desde el Portón de Lagunillas en límites de los municipios de Güicán y El Cocuy hasta los límites de los municipios de Güicán y Chiscas en las inmediaciones de la laguna Pantano hondo. Adicionalmente se incluyen las áreas que circundan la Sierra Nievecitas y las inmediaciones de la laguna Las Orozcas en el municipio de Chiscas.

  • No se permite a los turistas pernoctar al interior del Área Protegida.
  • El ingreso al Parque será de 5:30 a.m. a 8:00 a.m. (Senderos Laguna Grande y Lagunillas -Púlpito); 6:00 a.m. a 8:00 a.m. (Sendero Ritacuba) y el horario de descenso de borde de glaciar será máximo a la 1:00 pm para que a las 5:00 pm, ningún visitante esté dentro del Parque.
  • La Sierra Nevada de Güicán, El Cocuy y Chita es territorio sagrado para los indígenas UW’A. El territorio del resguardo indígena está cerrado al turismo por lo que está prohibido transitar por el flanco oriental. El sendero conocido como “VUELTA A LA SIERRA” está cerrado.
  • Está prohibido visitar el Parque a caballo, lo cual acarrea sanciones y/o multas de 5 salarios mínimos mensuales legales vigentes; los caballos mordisquean y pisotean los frailejones y otras plantas, ensanchan los senderos y contaminan las fuentes de agua que abastecen la población local.
  • Antes de ingresar al área protegida, es obligatorio adquirir un Seguro de Rescate y Asistencia que cubra los días de permanecía en el Parque. El seguro se puede adquirir en los municipios de El Cocuy y Güicán. “La exigencia de la póliza de seguro de rescate y asistencia, no compromete la responsabilidad de Parques Nacionales Naturales de Colombia en la adquisición y ejecución del contrato de seguro, en tanto que los riesgos que puedan presentarse durante su permanencia en el área protegida son asumidos por los visitantes, los términos establecidos en el artículo 25 del Decreto 622 de 1977”.

Oficinas de Registro

  • Oficina El Cocuy, Boyacá: Carrera 3 No 10 – 03 Barrio Chapinero Horario: lunes a domingo de 08:00 a.m. a 12:00 del mediodía. y de 01:30 p.m. a 5:30 p.m.
  • Correo de contacto: ecoturismococuy@parquesnacionales.gov.co
  • Oficina Güicán de la Sierra, Boyacá: Transversal 4ª # 6-60. Horario: lunes a domingo de 08:00 a.m. a 12:00  del mediodía y de 01:30 p.m. a 5:30 p.m.
  • El registro solo se realiza en las oficinas del Parque ubicados en el municipios de Güicán y El Cocuy,
  • Los visitantes contacta a un Guía o interprete del patrimonio natural y Estos le apoyan en todo el proceso de ingreso al Área Protegida. Medida que se toma para evitar grupos grandes en espacios cerrados.
  • Las charlas de inducción a visitantes es obligatorio se hace de manera virtual, el guía o interprete comparte el link con el visitante.
  • Un Guía o intérprete del patrimonio natural, puede Guiar máximo cuatro (4) visitantes.
  • Ningún visitante puede ingresar sin guía o interprete del patrimonio natural.

Senderos autorizados:

  • Oficina El Cocuy, Boyacá: Carrera 3 No 10 – 03 Barrio Chapinero Horario: lunes a domingo de 08:00 a.m. a 12:00 del mediodía. y de 01:30 p.m. a 5:30 p.m.
  • Oficina Güicán de la Sierra, Boyacá: Transversal 4ª # 6-60. Horario: lunes a domingo de 08:00 a.m. a 12:00 del mediodía y de 01:30 p.m. a 5:30 p.m.
  • El registro de visitantes, solo se realiza en las oficinas del Parque, ubicadas en los municipios de Güicán de la Sierra y El Cocuy.

RECOMENDACIONES Y REGLAMENTACIÓN

  • No altere, modifique o remueva señales, avisos, vallas o mojones, ni ocasione daño a las instalaciones o equipos del Parque que están para su seguridad y comodidad.
  • Queda prohibido pisar, deslizarse sobre la nieve o manipular la misma. Las actividades autorizadas solo podrán realizarse hasta el borde de glacial en tres senderos que suman una extensión total de 25 kilómetros.
  • No haga ruido que perturbe a otras personas y a las especies.
  • Llegue a la zona un día o más antes del ascenso para aclimatarse a la altura y evitar el mal de montaña o soroche, que puede incluso ocasionar muerte.
  • Transite únicamente por los senderos autorizados, siempre acompañado por un guía.
  • Guarde la basura que genere durante su visita y sáquela cuando deje el área protegida, incluyendo los residuos biodegradables.
  • Está prohibido ingresar mascotas al área protegida
  • Llev​ar​ consigo ropa impermeable y botas.
  • Si tiene enfermedades o consume medicamentos, realice una consulta con su médico ​antes de su viaje.

PROCEDIMIENTO DE REGISTRO DE VISITANTES

  • Los visitantes contactan a un guía profesional o interprete del patrimonio natural y cultural.  Estas personas le apoyan en todo el proceso de ingreso al Área Protegida (Se adjunta listado actualizado)

Horarios de registro de visitantes

  • 8:00 am- 11 am: Registro de visitantes y entrega de registros.
  • 1:30 pm -3:30 pm: Registro de visitantes y entrega de registros.
  • 4:30 pm -5:00 pm: Registro de visitantes y entrega de registros.
  • 5:00 pm -5:30 pm: Cierre de caja

Recomendaciones de Seguridad y Prevención de riesgo:

  • Por las exigencias físicas de la visita y la altitud, está prohibido el ingreso de menores de 10 años al Parque. Tampoco se recomienda el ascenso de personas con discapacidad física, problemas cardiovasculares o respiratorios, mujeres en embarazo o adultos mayores.
  • Está prohibido el consumo de bebidas embriagantes y sustancias psicoactivas dentro del área protegida.
  • Está prohibido extraer fauna, flora y minerales del Parque porque atenta contra la integridad del ecosistema.
  • Está prohibido cazar o molestar los animales silvestres en el Parque.
  • En el ascenso en caso de agitarse, sentir mareo, sentir dolor de cabeza, tos, pérdida de la respiración y congestión se debe hacer paradas de descanso e informar al guía. Si continúan los síntomas descienda de inmediato, puede ser el inicio de un edema pulmonar o cerebral, los cuales ponen en riesgo la vida.
  • Cuando la visibilidad sea poca, debe esper​ar​ a que las condiciones mejoren y se pueda orientar utilizando la señalización de la montaña (los hombres de piedra o mojones). Siempre debe mantenerse en el sendero y no ​alejarse del grupo.
  • Us​ar​ lentes con factor de protección UV.
  • Hidratarse (Se recomienda mínimo 4 litros de agua por día)
  • Sin importar la condición climática, el visitante debe us​ar​ siempre bloqueador solar con protección solar no menor de factor 50.
  • El ingreso y porte de armas está restringido.

 

CHARLAS DE INDUCCIÓN

La charla de inducción a visitantes es obligatoria, se están ofreciendo de dos formas, de acuerdo con las necesidades de los visitantes (presencial y/o virtual).

  • Horarios charlas de inducción (Dos charlas al día)
  • 11:00 am -12:00 m: Charla de inducción, en este espacio no se hará registro de visitantes. 
  • 3:30 pm – 4:30 pm: Charla de inducción, en este espacio no se hará registro de visitantes.

 

El guía profesional o el intérprete del patrimonio natural y cultural, le proporciona el enlace de la charla de inducción al visitante, cuando éste la desee virtual.

NUMERO DE VISITNATES POR GUÍA O INTERPRETE DEL PATRIMONIO NATURAL Y CULTURAL

  • Según Resolución 0125 de 2020 y la reglamentación adjunta, se permiten 05 visitantes por guía.
  • Ningún visitante puede ingresar al Parque Nacional Natural El Cocuy, sin guía profesional o interprete del patrimonio natural y cultural.

Aquí se incluye información de puntos de referencia para llegar al área (Ciudades, aeropuertos, acceso fluvial etc.)

Por décadas, la Sierra Nevada de Güicán, Cocuy y Chita ha sido visitada por montañistas y escaladores, lo cual permitió la difusión de su belleza escénica. La pasión por la aventura y la naturaleza se verán realizadas mediante las siguientes actividades autorizadas en este maravilloso lugar:

Sendero Lagunillas Pulpito

Desde la cota de los 4.000 m s.n.m arriba de la cabaña Sisuma, y pasando por el Hotelito hasta el borde del glacial del Pico Pulpito del Diablo, con una longitud de 4.500 mts dentro del Parque.

Sendero Laguna Grande de la Sierra

Iniciando en el sitio conocido como la Cuchumba, hasta el borde del glacial del Pico Cóncavo, con una longitud de 9.400 metros dentro del Parque.

Sendero Ritacuba

iniciando desde la cota de los 4.000 m s.n.m, hasta el borde del glacial del pico Ritacuba Blanco, con una longitud de 5.000 metros dentro del Parque.

Fotografía y Video

Las bellezas escénicas del Parque Nacional El Cocuy hacen que este sea el lugar perfecto para esta actividad, aunque si las fotos o videos tienen fines comerciales o de publicación se debe solicitar un permiso de Parques Nacionales Naturales.

Investigación y Educación Ambiental

La exuberante naturaleza del área protegida y su estado de conservación la convierten en un lugar apto para la realización de investigación científica. Además, como en todos los parques abiertos al ecoturismo, aquí se llevan a cabo actividades de educación ambiental por instituciones educativas o por los funcionarios que hacen una introducción a los visitantes sobre el Parque, objetivos de conservación, servicios y actividades ecoturísticas.

Observación de Aves

Colombia es uno de los países con mayor número de especies de aves en el mundo. En el área protegida se puede hacer avistamiento de algunas especies, siendo los mejores momentos de observación la mañana entre las 5:30 am y las 8:00 am o hacia el final de la tarde entre las 4:00 pm y las 6:00 pm. Sin embargo hay ciertas especies de aves activas durante el curso del día. Se recomienda respetar los animales y su entorno evitando perturbarlos. El recorrido se debe realizar con la disposición de un observador: afinando y aguzando el oído y la vista; y en silencio. Los visitantes deben tener en cuenta que la región tiene un régimen de precipitación bimodal, por lo que se presentan dos estaciones de lluvia: la primera en los meses de abril a junio y la segunda en los meses de agosto a noviembre; y dos periodos de verano. El clima es de montaña con condiciones frías. Durante los últimos años el cambio climático ha afectado eventos naturales importantes como la reproducción y la migración. De igual manera la oferta de presas para alimento y pueden cambiar tanto los lugares de reproducción como el hábitat. Se recomienda realizar los avistamientos sin generar alteraciones que puedan trastornar el hábitat de las diversas especies de aves.

Observación de fauna y flora silvestre

El Parque Nacional El Cocuy es un lugar perfecto para quienes se interesan por la fauna y flora. Aquí se encuentran mamíferos terrestres como: puma, venado de cola blanca, oso de anteojos, mono cariblanco y saíno.

PNN Cocuy Valor
Nacional o extranjero residente en Colombia o miembro de la CAN (mayor de 6 años hasta los 25 años) $ 27.500
Adulto nacional, miembro de la CAN o extranjero residente en Colombia (mayor de 25 años) $ 47.500
Extranjero No residente en Colombia ni miembro de la CAN $ 97.000

Una vez Se evalúe el comportamiento del COVID 19 y se levante por el gobierno nacional la emergencia sanitaria se volverá aplicar la reglamentación contenida en la resolución 125 de 5 de marzo del 2020.

Visitante: Persona autorizada por Parques Nacionales Naturales para ingresar en una de las áreas que integran el sistema de Parques Nacionales Naturales, bien sea para visitar o realizar una o algunas de las actividades o servicios regulados por el administrador del Sistema en un periodo definido de tiempo.

Temporada alta: la temporada alta para estas áreas estará contemplada para las siguientes fechas: Periodos comprendidos entre el primero (1°) de Diciembre y el treinta y uno (31) de Enero, entre el primero (1°) de Junio y el treinta y uno (31) de Julio, la Semana Santa comprendida desde el domingo de ramos hasta el domingo de resurrección, los puentes nacionales con lunes festivo o correspondientes a la Ley 51 de 1983 “Ley Emiliani” (de viernes a lunes incluido) y la semana de receso escolar, es decir la semana inmediatamente anterior al día feriado en que se conmemora el descubrimiento de América (Decreto 1373 de 2007) que está comprendida entre los dos (2) sábados anteriores al festivo inclusive que se conmemora.

Temporada baja: Contemplada en las fechas que no se consideran temporada alta.

Se encuentran exentos de pago del derecho de ingreso a las áreas protegidas administradas por Parques Nacionales Naturales:

  1. Adulto nacional o extranjero residente en Colombia o miembro de la Comunidad Andina de Naciones – CAN, mayor de 65 años, quien debe acreditar su calidad mediante la presentación de cédula de ciudadanía o cédula de extranjería colombiana o visa (negocios, temporal o residente) o pasaporte respectivo.
  2. Menor de 5 años nacional o extranjero, quien debe acreditar su calidad con el Registro Civil de Nacimiento o Pasaporte.
  3. El personal vinculado a Parques Nacionales Naturales, por contrato laboral o de prestación de servicios, su cónyuge, compañero (a) permanente y sus parientes dentro del segundo grado de consanguinidad, primero de afinidad y primero civil, tres veces en el año calendario, cuando visite un Área Protegida por motivos de recreación.
  4. El servidor público y contratista de Parques Nacionales Naturales de Colombia, en ejercicio de sus funciones.
  5. Los estudiantes y profesores de instituciones públicas o privadas en el marco de programas de educación ambiental desarrollados por el área protegida en temporada baja y con previa revisión y aprobación del Jefe del área protegida.
  6. Los nativos de los centros poblados menores a 10.000 habitantes localizados en las zonas adyacentes a las áreas del Sistema de Parques Nacionales Naturales, así como los nativos de López de Micay, Timbiquí, Guapi, Iscuandé, El Charco, La Tola, Mosquera y Olaya Herrera para ingresar al PNN Gorgona y los nativos de Providencia para ingresar al PNN Old Providence & Mc Bean Lagoon, mediante la presentación de su documento de identidad. Esta exención será aplicable para el Parque Nacional Natural Tayrona, solo en la temporada baja definida en el artículo sexto de la presente Resolución.
  7. Los investigadores con previa revisión y aprobación del Jefe del área protegida en desarrollo de sus actividades en proyectos autorizados de las áreas del Sistema de Parques Nacionales Naturales.
  8. Los Nacionales o Extranjeros en condición de discapacidad.
  9. Los miembros de las comunidades indígenas, afrocolombianas, rom y raizales que vivan dentro del Área Protegida o los que habiten en las inmediaciones de las áreas del Sistema de Parques Naciones Naturales e ingresen para realizar actividades de pagamento o cualquier actividad tradicional de acuerdo a sus usos, costumbres y modos de vida propios.
  10. Los representantes de organismos públicos o privados, nacionales, internacionales y Organizaciones No Gubernamentales (ONG) que donen bienes en dinero o especie, en beneficio de Parques Nacionales Naturales de Colombia, para coadyuvar la función de salvaguarda y protección de las áreas del Sistema de Parques Nacionales Naturales, con el objetivo de verificar la destinación de los recursos donados y/o en el marco de los convenios celebrados, siempre y cuando cuenten con la autorización escrita.
  11. Los servidores públicos y contratistas de otras instituciones públicas distintas a PNNC en misión oficial.
  12. Los servidores públicos extranjeros en misión oficial.
  13. Los propietarios de predios privados que se encuentren dentro de un área del Sistema de Parques Nacionales Naturales, su cónyuge y familiares hasta el cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad y primero civil, mediante la presentación del registro civil de nacimiento o matrimonio y en caso de unión marital con declaración juramentada; datos que se ingresarán en el registro de propietarios que lleve el área protegida.
  14. Los pobladores de la región que deben ingresar al área en actividades de paso.
  15. El personal de las Fuerzas Armadas y los trabajadores de empresas, cooperativas y/o asociaciones públicas o privadas que cuenten con instalaciones ubicadas dentro de las áreas protegidas que deban ingresar por razón de sus funciones, previa revisión y aprobación del Jefe del área protegida.
  16. Los Guardaparques Voluntarios por el término de su voluntariado y un año más contado a partir de la terminación del mismo, así como los Honorarios durante el término de un año contado a partir de su designación.
  17. Los instructores de buceo nacionales o extranjeros siempre que hagan parte de la tripulación de la embarcación. Para el efecto, los operadores de buceo deberán enviar a Parques Nacionales Naturales una relación en la que identificarán a cada uno de sus instructores y tripulantes, señalando el número de identificación correspondiente, a fin de acreditar dicha circunstancia.
  18. Los periodistas en ejercicio de sus funciones, debidamente acreditados.
  19. El cónyuge o compañera (o) permanente y los hijos menores de veinticinco (25) años sobrevivientes o, a falta de estos, los padres, de los miembros de la Fuerza Pública fallecidos en servicio activo, únicamente por hechos o actos ocurridos por causa y razón del mismo, o por acción directa del enemigo o en combate, y que por ello les haya sido reconocida pensión, en calidad de beneficiarios de la Ley 1699 de 2013, con la presentación de documento que para tal efecto determinen los grupos de prestaciones sociales de la Dirección Administrativa del Ministerio de Defensa Nacional y de la Policía Nacional o quien haga sus veces, conforme al artículo 3º de la precitada Ley.
  20. Los guías de turismo debidamente acreditados que prestan sus servicios en la respectiva área protegida.
  21. El personal vinculado, por contrato laboral o de prestación de servicios, al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, su cónyuge o compañero (a) permanente y sus parientes dentro del segundo grado de consanguinidad, primero de afinidad y primero civil, tres veces en el año calendario, cuando visite un área protegida por motivos de recreación.
  22. Los beneficiarios del incentivo de exoneración del pago del valor de ingreso en el marco de los distintos programas de promoción y apropiación de las áreas protegidas que establezca PNNC, tales como el “Pasaporte” de las áreas del Sistema de Parques Nacionales Naturales de Colombia.

En todo caso la autorización de ingreso a los exentos dependerá de la capacidad de carga y la zonificación del área protegida, salvo para quienes habitan de manera  permanente en las áreas del Sistema de Parques Nacionales Naturales.

Mayores Informes:

www.parquesnacionales.gov.co

reservas.ecoturismo@parquesnacionales.gov.co

Bogotá: Pbx: 3532400 Ext: 3011 – 3012, Calle 74 N° 11 – 81, Piso 1

El gradiente altitudinal que comprende el Parque desde los 600 msnm hasta los 5.330 msnm hace posible los siguientes ecosistemas: selva húmeda y sabanas de tierras bajas tropicales; bosques con predominancia de palmas, Weinmannia y algunos robles; bosque enano andino y subpáramo. El cinturón del súper páramo se extiende entre 4.000 y 4.200 msnm, donde son comunes las heladas. La zona de nieve se extiende desde los 4.500 hasta los 5.330 msnm aproximadamente. El área protegida abarca cerca de 170.000 hectáreas por encima de los 3.000 msnm, un poco más de la mitad del Parque, en esta se encuentra el complejo ecosistema de páramo.

Entre la fauna representativa se pueden encontrar animales como la danta (Tapirus pinchaque), morrocoy (Geochelone carbonaria), mico maicero (Cebus capucinus), venado cola blanca (Odocoileus virginiaus) y soche (Mazama rufina), saíno (Tayassu tazacu), guartinajo (Agouti taczanowskii), oso de anteojos (Tremarctos ornatos), puma (Puma concolor) y todos los félidos registrados para Colombia. Se podrán observar aves como el cóndor andino (Vultur gryphus), águila (Geranoaetus melanoleucus), gallito de roca (Rupícola rupícola), paujil copete de piedra (Pauxi pauxi), periquito aliamarillo (Pyrrhura calliptera) y cucarachero (Cistothorus apolinari ). El endemismo mas representativo es el lagarto collarejo (Sternocercus lache).

Se destacan el frailejón arbóreo ramificado (Libanothanenues tamanus), encenillo (Weinmannia spp.), abarco (Cariniana pyriformismiers), chusque (Chusqueu tesellata), varias especies de epífitas, y maderables como el amarillo (Oreopanax bogotense), cedro (Cedrela montana), totumo (Aegiphila grandis) y moho (Cordia alliodora). Los páramos húmedos de esta vertiente con sus frailejonales, cardones y cojines son un área de conservación estratégica. En el área hay identificadas cuatro especies endémicas de frailejón de los géneros Espelettia y Espeletiopsis. También se encuentran ocho especies endémicas de lítamo (Draba spp.).

Actividades de conservación de Parques con las Comunidades

*Sección Nueva