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Consejo Nacional de Áreas Protegidas

El 1 de julio de 2010 se expidió el Decreto Ley 2372, dentro del cual se conforma el Consejo Nacional de Áreas Protegidas CONAP con el fin de garantizar el desarrollo armónico, integral y coordinado del Sistema Nacional de Áreas Protegidas SINAP.

Dicho Consejo, está integrado por el Ministerio de Ambiente, en calidad de Presidente, la Dirección de Parques en calidad de Coordinador, la Dirección de Bosques, Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos y un representante designado por los Subsistemas Regionales de Áreas Protegidas; las Corporaciones Autónomas Regionales y uno de los Institutos de Investigación.

El Consejo tiene como funciones: recomendar la adopción de estrategias que permitan armonizar la gestión de las áreas protegidas en los distintos ámbitos de gestión, así como los demás componentes del SINAP; socializar y discutir a su interior las políticas, normas y procedimientos relacionados con el SINAP; formular recomendaciones sobre los planes, programas y proyectos del SINAP que se presenten a su consideración, con el fin de garantizar la coherencia y coordinación en su formulación e implementación; recomendar directrices para la coordinación con las autoridades ambientales, las entidades territoriales, las autoridades y representantes de los grupos étnicos, las organizaciones no gubernamentales y comunitarias y los particulares, las estrategias para la conformación, desarrollo, funcionamiento y consolidación del sistema, evaluar los avances en la consolidación del SINAP y planear las recomendaciones a que haya lugar; recomendar esquemas de seguimiento al SINAP para verificar el cumplimiento de objetivos y metas de conservación nacional; darse su propio reglamento.

 

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