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Primera Mesa Interinstitucional de seguimiento a la Sentencia que ordena la protección de los Farallones de Cali

El 3 de marzo de 2017 en el Despacho del Alcalde de Santiago de Cali, se llevó a cabo la Primera Mesa Interinstitucional del año para realizar seguimiento a la sentencia emitida por el Consejo de Estado el 26 de junio de 2015, en la cual se ordenaban al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, la Corporación Autónoma Regional del Valle del Cauca –CVC-, la Superintendencia de Notariado y Registro y el Municipio de Santiago de Cali, una serie de acciones para la protección del Parque Nacional Natural Farallones y las Zonas de Reserva Forestal del Municipio.

Aunque Parques Nacionales Naturales de Colombia no quedó incluida dentro de las entidades con obligaciones, participa de este espacio por tratarse precisamente de un Parque Nacional.

Las órdenes proferidas en dicha sentencia buscan proteger el derecho colectivo a la protección de áreas de especial importancia ecológica y se busca con ellas que el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible realice la anotación de la resolución de creación del Parque en todos los folios de matrícula de los predios que están ubicados en Farallones de Cali, buscando con ello que los predios queden con una afectación en los folios de matrícula inmobiliaria para que se impida su venta a particulares, evitando de esta manera nuevas ocupaciones por vía legal.

De igual manera, se ordena al Ministerio y a la Corporación que velen por la conservación de las zonas de reserva forestal; se exhorta a la Superintendencia de Notariado, al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y al Municipio de Santiago de Cali, a que cumplan lo establecido en el Artículo 13 de la Ley 2 de 1959 que consagra la prohibición de ventas de tierras en los Parques Nacionales.

También se exhorta al Municipio para que conserve los baldíos que aún le quedan en el Parque Nacional Natural Farallones de Cali y en las Zonas de Reserva Forestal y crea un comité de verificación de cumplimiento de la Sentencia, compuesto por las Entidades ya mencionadas.

Esta Primera Mesa Interinstitucional de 2017 tenía por objetivo coordinar el seguimiento de las acciones encaminadas al cumplimiento de estos objetivos y también buscaba preparar la audiencia del 8 de marzo en la cual el Magistrado ponente llamará a las Entidades para que expliquen cuál ha sido el cumplimiento que se ha dado a la sentencia.

También es importante destacar en el desarrollo de la reunión, la presencia del señor Claudio Borrero, quien ha impulsado varias demandas para la protección de los bienes baldíos y ejidos del municipio de Santiago de Cali que han sido indebidamente ocupados y que se deben recuperar.

Sin embargo, el autor de esta acción popular es el señor Julio César Cabrera Cano, quien interpuso la acción popular buscando la tutela del derecho colectivo a la protección de áreas de especial importancia ecológica.

Finalmente, debe indicarse que hasta el momento Parques Nacionales, con información suministrada por catastro de 164 predios ubicados al interior del Parque Nacional Natural Farallones, solicitó al MinAmbiente que estos fueron afectados registralmente.

Si Catastro continúa con la gestión de depuración y confirmación de los predios ubicados dentro del Parque, se procedería por parte de Parques Nacionales a solicitar con base en la información física de los inmuebles su afectación registral al Ministerio de Ambiente, entidad que a su vez, requiere a la Superintendencia de Notariado y Registro para que ordene a la oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Cali que realice esas afectaciones registrales, las cuales indican que el predio está ubicado al interior del Parque, y que por tanto, no se puede vender el mismo sino al Estado con el objetivo de conservación para los cuales fueron creados los Parques Nacionales Naturales de Colombia.

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