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Proceso de definición de estándares de manejo de las áreas protegidas

Definición de estándares de manejo de las áreas protegidas

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En el marco del cumplimiento de los compromisos del Convenio de Diversidad Biológica y para efectos de avanzar hacia un Sistema de Áreas Protegidas efectivamente manejado en el país, por iniciativa de la Comisión Mundial de Áreas Protegidas (CMAP) y de la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza (UICN), se adelantó desde el año 2011 un proceso de definición de estándares de manejo de las áreas protegidas.

 

Esta iniciativa, denominada “Lista Verde de Áreas Protegidas y Conservadas” tiene como objetivo incrementar el número de áreas protegidas y conservadas que son gestionadas de forma eficaz y justa, así como garantizar los resultados de conservación de las mismas. Dicho objetivo se logra a través de la aplicación de un estándar desarrollado por la UICN, cuyo propósito es “fomentar que las áreas protegidas y conservadas evalúen, mejoren y mantengan su desempeño en la gestión a través de criterios globalmente establecidos, que sean un referente de buena gobernanza, diseño y planificación, una gestión efectiva y unos resultados exitosos en materia de conservación”.  El estándar, aprobado a nivel mundial, provee un marco de referencia para que las áreas protegidas y conservadas evalúen si están alcanzando resultados exitosos de conservación a través de una gestión y gobernanza efectiva y equitativa.

 

Colombia fue elegida junto a otras 7 jurisdicciones en Asia, África, Europa y Oceanía, como país piloto para la construcción, adaptación, implementación y ajuste de dicho estándar. Los criterios que incluye el estándar fueron aplicados durante la fase piloto desde los inicios de 2011, que resultó en la inclusión de tres (3) áreas protegidas en la primera Lista Verde en 2014: PNN Gorgona, PNN Tatamá y SFF Galeras.

 

A partir de los ejercicios piloto, Colombia ha adaptado el estándar de lista verde a sus contexto y condiciones. El estándar contiene una estructura por componentes, que incluye criterios, indicadores y medios de verificación; se aclara que las adaptaciones a nivel nacional sólo es posible realizarlas sobre i) los indicadores y ii) los medios de verificación, cuando se considere fundamentalmente pertinente y considerando que, al tratarse de un estándar, aquéllas deben sugerirse en su mínima expresión. Tanto los componentes como los criterios del estándar son acordados globalmente y, por ende, no son sujetos de cambios por parte de las jurisdicciones. Una mayor información acerca del alcance de la iniciativa puede ser consultada aquí

 

La versión del estándar de lista verde ajustada al contexto colombiano es presentada al público a continuación, a fin de obtener percepciones sobre su aplicación y posibles mejoras. 30.01.19 Adaptación Estandar Green List – Colombia

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